EL RECASAMIENTO
La consideración
del recasamiento, a la luz del Nuevo Testamento, es aún más complejo que el
estudio sobre el divorcio. El Nuevo Testamento menciona el problema del
divorcio, pero mantiene silencio sobre el recasamiento. Esto no es sorprendente,
porque la Biblia no manda o legisla los comportamientos subideales. Lo que hace
es regular, prohibir y juzgar tal vida. Así que no debemos esperar hallar
mandamientos y permiso para recasamiento. El Dios que proclama los ideales más
altos y nobles no puede legislar ideales inferiores, aunque pueda permitir (en
la vía de excepción que busca propender progresivamente al ideal) y acompañar
al hombre imperfecto que vive y opera en un nivel subideal.
La Biblia expone de
manera clara que sus preceptos son mandamientos, no consejos ni sugerencias. Su
perfección exige algo absoluto, y esta es la razón por la que debemos esperar
un silencio divino y/o buscar prohibiciones y regulaciones para orientarnos en
el tema del recasamiento.
El recasamiento
encontrado en el Nuevo Testamento debe examinarse cuidadosamente sobre la base
de la clasificación de los involucrados.
Viudas y viudos. Para estos el casamiento ni se manda, ni se prohibe. Se acepta como un privilegio y se asume como un asunto de sabiduría y conveniencia humanas (Ro. 7:1-14; 1 Co. 7:6-9).
Viudas y viudos. Para estos el casamiento ni se manda, ni se prohibe. Se acepta como un privilegio y se asume como un asunto de sabiduría y conveniencia humanas (Ro. 7:1-14; 1 Co. 7:6-9).
Divorciados (como
victimas) por causa de fornicación o deserción irresponsable. En esto la Biblia
guarda silencio. Aquí el recasamiento ni se manda, ni se prohibe, como se
comprueba en el estudio cuidadoso de los textos. Siendo así, se hace un asunto
de la prescripción eclesial que evalúa el caso o lo admite a la conciencia
personal delante de Dios y de la sociedad. Sabiduría y conveniencia personales,
iluminadas por el Espíritu, se establecen como la guía a seguir.
En la enseñanza de
Cristo en Mateo 5:32 y 19:1-9 no hay prohibición alguna para que los
divorciados por causa de fornicación, vuelvan a casarse. Ni siquiera hay un
reflejo negativo del Señor respecto al recasamiento en tales casos. Tampoco hay
legislación en los escritos de los apóstoles en general, ni específicamente de
Pablo en 1 Corintios 7:15, que hiciera pecaminoso el recasamiento de un
creyente desertado.
En estos casos la iglesia razona desde el silencio de la Biblia y la prudencia social.
Es interesante que en textos como Mateo 5:32 y 19:9, no se hace una distinción entre la parte inocente y la culpable en el asunto del nuevo casamiento. Aquí el silencio de Cristo es de complicada interpretación. No obstante, El es Dios sabio y debemos cuidarnos de no hacer de sus silencios un permiso positivo, ni una legislación negativa.
En estos casos la iglesia razona desde el silencio de la Biblia y la prudencia social.
Es interesante que en textos como Mateo 5:32 y 19:9, no se hace una distinción entre la parte inocente y la culpable en el asunto del nuevo casamiento. Aquí el silencio de Cristo es de complicada interpretación. No obstante, El es Dios sabio y debemos cuidarnos de no hacer de sus silencios un permiso positivo, ni una legislación negativa.
La negación de la
legitimidad y privilegio del nuevo casamiento a quienes se divorciaron por
causa de fornicación o disolución del matrimonio por deserción del conyuge, es
una ilegítima imposición de nuestros criterios ante los silencios del Nuevo
Testamento, e incluso contradice el consejo paulino en 1ª de Corintios 7:1-9,
anteponiendo así nuestro razonamiento al del mismo Creador, quien declaró: ”No
es bueno, que el hombre esté solo; le haré ayuda idónea para él” (Gn. 2:18).
Nuevamente destacamos que el perdón, la reconciliación y la restauración son realidades preferibles y más ideales. No obstante, si ellas no son posibles, no pueden prohibirse el divorcio y el recasamiento sobre la base de una enseñanza que la Biblia no contenga.
Nuevamente destacamos que el perdón, la reconciliación y la restauración son realidades preferibles y más ideales. No obstante, si ellas no son posibles, no pueden prohibirse el divorcio y el recasamiento sobre la base de una enseñanza que la Biblia no contenga.
Al finalizar este
punto explicamos que por otra parte es de tomar en cuenta el hecho de que el
texto de Mateo 5:32 está enmarcado en el sermón del monte en que se expone una
serie de premisas basadas en el idealismo del Reino de Dios y en el que
mediante el uso de distintos recursos argumentativos incluso la hipérbole se
nos presenta la realidad de vida perfectible a la que somos invitados en 5:48.
Claro esta temática es objeto de desarrollos posteriores que no son
absolutamente pertinentes a este escrito.
Los divorciados por
causas distintas a la deserción y la fornicación. Las decisiones relacionadas
con este tipo de casos, representan serias complicaciones y generan sus
problemas en el ámbito de la practicidad de la pastoral cristiana, sin embargo
el problema es menos difícil para evaluar y juzgar bíblicamente.
Dos hechos se presentan en Mateo 5:32; 19:9; Marcos 10:2-9; Lucas 16:18 y 1 Corintios 7:10-11:
Dos hechos se presentan en Mateo 5:32; 19:9; Marcos 10:2-9; Lucas 16:18 y 1 Corintios 7:10-11:
1. El divorcio que
se ejecuta por motivos distintas a la fornicación o la deserción es
efectivamente un divorcio. Esto se infiere con toda claridad en la enseñanza de
Cristo. El divorcio distorsiona y viola el orden de la creación de Dios (Mc.
10:6-9). El divorcio es una transgresión de una ley fundamental de Dios, el
divorcio quebranta la divina institución de la familia como núcleo de la
convivencia humana, el divorcio destruye un ideal divino. Luego, como
claramente enseña Cristo o el Apóstol Pablo, llega fácilmente a ser causante de
adulterio (Mt. 5:32b, 1ª Cor. 7:10-11). Nadie puede matizar ni disminuir lo
grave del pecado del divorcio con todas sus fatales consecuencias,
especialmente cuando tiene lugar por motivos diferentes a los expuestos en
Mateo 5:32; 19:9 y 1 Corintios 7:15.
No obstante,
concluir que en realidad a los ojos de Dios no hay un divorcio en el acto de la
separación formal, excepto en los casos de fornicación y deserción, nos dice
que se ha hecho una mala lectura de la Biblia. El hecho “lo que Dios juntó” de
Mateo 19:6 se puede llegar a convertir en un ”lo separa el hombre”, si así lo
decide el hombre. De esa manera también la casada se hace una mujer “sin casar”
(1 Co. 7:11), la misma palabra, que en el v. 8 es traducida por “solteros”. Así
reconocemos que no existe vínculo que el ser humano en su entrega al pecado no
pueda romper. Esto es lo grave y extraordinario de la capacidad, el albedrío, y
de la responsabilidad del hombre.
2. El casamiento de
los divorciados por causas, distintas a la fornicación y deserción, constituye
adulterio. Este es la sentencia unánime de los evangelios (Mt. 5:32; 19:9; Mc.
10:11-12; Lc. 16:18). Pablo por su parte manifiesta su en cuatro imperativos:
“Que la mujer no se separe del marido; ... quédese sin casar, ... reconcíliese
...; y que el marido no abandone a su mujer” (1 Co. 7:10-11). Este es un hecho
escritural, profundamente solemne y serio, no es matizable, no deja lugar a
debates, alteraciones o excepciones. De esta forma los recasados por causa
distinta a la deserción o fornicación, incurren en dos serios pecados:
Transgredir una ley fundamental de Dios y el hecho del adulterio. Y, como
inequívocamente enseña la Biblia “el camino de los transgresores es duro” (Pr.
13:15).
La Biblia no explica por qué se considera adulterio al recasamiento. Al parecer, puede tratarse de que Dios no reconoce esa separación y los sigue considerando una sola carne. No obstante, este es un razonamiento especulativo. Por otra parte, Pablo reconoce a la mujer separada como una mujer “sin casar” (7:11), y Cristo asume la actualidad del divorcio. Dice: “.. lo que Dios juntó, no lo separe el hombre” (Mc. 10:9). Lo claro es que el hombre es capaz de separar, y esto es considerado pecado; es allí cuando el recasamiento equivale a adulterio.
La Biblia no explica por qué se considera adulterio al recasamiento. Al parecer, puede tratarse de que Dios no reconoce esa separación y los sigue considerando una sola carne. No obstante, este es un razonamiento especulativo. Por otra parte, Pablo reconoce a la mujer separada como una mujer “sin casar” (7:11), y Cristo asume la actualidad del divorcio. Dice: “.. lo que Dios juntó, no lo separe el hombre” (Mc. 10:9). Lo claro es que el hombre es capaz de separar, y esto es considerado pecado; es allí cuando el recasamiento equivale a adulterio.
Luego a esta altura
es necesario comentar que si bien La Escritura habla en términos muy claros
sobre el pecado del recasamiento al haberse producido un divorcio ilegítimo,
sin embargo no coloca fuera del perdón a los que están involucrados en tal
recasamiento, si es que hay arrepentimiento. Tampoco es exigida una disolución
del matrimonio. Es posible el perdón sin que por ello se deba romper el
matrimonio actual, y en esto priva el criterio de la escogencia del mal menor
antes que el mayor, y es consideración de la iglesia la definición individual de
cada caso con base a principios éticos inspirados por los más pertinentes
valores bíblicos.
Los recasados y su
membresía en la Iglesia
¿Debemos admitir
como miembros en la iglesia a personas que han sido divorciadas y recasadas?
Sin duda la respuesta es afirmativa por diversos motivos.
La primera razón es que tal como ya hemos considerado, aquellos que se han arrepentido de sus pecados y por la fe se han apropiado del perdón divino, son efectivamente perdonados, y esto sin romperse el segundo matrimonio. Luego, los pecadores perdonados son naturalmente hijos de Dios y por tanto bíblicamente beneficiarios de la membresía y comunión de la iglesia local.
La primera razón es que tal como ya hemos considerado, aquellos que se han arrepentido de sus pecados y por la fe se han apropiado del perdón divino, son efectivamente perdonados, y esto sin romperse el segundo matrimonio. Luego, los pecadores perdonados son naturalmente hijos de Dios y por tanto bíblicamente beneficiarios de la membresía y comunión de la iglesia local.
La segunda razón es
que la Biblia no reglamenta en contra la admisión de recasados en la membresía.
A la luz de las condiciones históricas y culturales prevalentes en tiempos
apostólicos, no cabe duda de que existieran numerosos casos de irregularidades
matrimoniales entre los convertidos. Sin embargo, al no aparecer regulaciones
para su admisión a las iglesias, debemos concluir que, como mínimo, su admisión
era tolerada. En la actualidad pudiera ocurrir, en circunstancias específicas,
que la prudencia que procede del Espíritu Santo nos guíe de maneras distintas.
La tercera razón está basada en la pastoral paulina. Revisemos el desarrollo y dinámicas de la membresía de las iglesias de Corinto y Efeso (1 Co. 6:9-11; Ef. 2:1-10; 5:1-21). Con esos antecedentes la iglesia no era un grupo de personas que hacía que alguien se sintiera orgulloso de estar asociado. Sin embargo, lo vivido en tiempos pasados, una vez perdonados, no impide el ser miembro de una iglesia local. La iglesia es reconocida como “militante”, pero debe también serlo como un hogar, un taller, una guardería, un hospital, un centro de rehabilitación, un sanatorio, un refugio, etc. Tal como hizo la iglesia primitiva, en nuestras iglesias somos llamados a dar lugar a cada pecador arrepentido y perdonado sin volver a reparar en su pasado. De modo que no hacemos investigación del pasado de la gente que viene a Cristo sino que los recibimos como miembros de la familia de los redimidos. Tal como los halló la gracia divina así se les anima a permanecer mejorando más bien su condición, así por ejemplo se invitará al que esté en concubinato a casarse y no continuar en ese indigno estado. Al mismo tiempo no se admite al presunto creyente que busca refugio para la tolerancia de su pecado a aquél que de manera reciente abandona el hogar y cree desobedientemente que el cambio de iglesia es una manera de eludir su responsabilidad en el Cuerpo de Cristo. En todo caso estos son postulados para el tratamiento general de las situaciones y cada caso tendrá las particularidades que demanden la búsqueda del consejo del Espíritu Santo para la interpretación y consideración de cada situación.
La tercera razón está basada en la pastoral paulina. Revisemos el desarrollo y dinámicas de la membresía de las iglesias de Corinto y Efeso (1 Co. 6:9-11; Ef. 2:1-10; 5:1-21). Con esos antecedentes la iglesia no era un grupo de personas que hacía que alguien se sintiera orgulloso de estar asociado. Sin embargo, lo vivido en tiempos pasados, una vez perdonados, no impide el ser miembro de una iglesia local. La iglesia es reconocida como “militante”, pero debe también serlo como un hogar, un taller, una guardería, un hospital, un centro de rehabilitación, un sanatorio, un refugio, etc. Tal como hizo la iglesia primitiva, en nuestras iglesias somos llamados a dar lugar a cada pecador arrepentido y perdonado sin volver a reparar en su pasado. De modo que no hacemos investigación del pasado de la gente que viene a Cristo sino que los recibimos como miembros de la familia de los redimidos. Tal como los halló la gracia divina así se les anima a permanecer mejorando más bien su condición, así por ejemplo se invitará al que esté en concubinato a casarse y no continuar en ese indigno estado. Al mismo tiempo no se admite al presunto creyente que busca refugio para la tolerancia de su pecado a aquél que de manera reciente abandona el hogar y cree desobedientemente que el cambio de iglesia es una manera de eludir su responsabilidad en el Cuerpo de Cristo. En todo caso estos son postulados para el tratamiento general de las situaciones y cada caso tendrá las particularidades que demanden la búsqueda del consejo del Espíritu Santo para la interpretación y consideración de cada situación.
La cuarta razón. En
1ª Corintios 7:16-24 los creyentes son exhortados a que se mantengan en la
relación civil y humana en la cual fueron hallados por la gracia de Dios. El
sentir de todo este capítulo se opone a la destrucción de las relaciones
familiares, especialmente, cuando alguna posibilidad queda a favor de este
noble objetivo. Si Dios puede perdonar sin que se destruya la relación
existente, sería absurdo que la iglesia prescriba su destrucción. De modo que
la pastoral de la iglesia debe asumir con sumo cuidado las exigencias que hace.